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Modificación del decreto andaluz sobre viviendas turísticas: Clasificación y nuevas regulaciones

Introducción:

En este artículo, abordaremos la modificación del decreto andaluz sobre viviendas turísticas en Andalucía, centrándonos en la clasificación de las viviendas y las nuevas regulaciones que se están implementando. Estos cambios son importantes para aquellos propietarios e interesados en el sector de las viviendas turísticas, ya que afectan directamente a su funcionamiento y gestión.

Clasificación de las viviendas turísticas:

El borrador del decreto establece dos tipos de viviendas turísticas en Andalucía: por habitaciones y completas. Las viviendas por habitaciones son aquellas que se alquilan parcialmente, donde el titular de la explotación o el propietario debe residir en ella y estar empadronado. Por otro lado, las viviendas completas son aquellas que se alquilan en su totalidad y no requieren la residencia del propietario.

Cambios significativos en la normativa:

El nuevo decreto introduce cambios significativos en comparación con la normativa anterior. Anteriormente, solo los propietarios podían alquilar habitaciones, pero ahora también se permite que el explotador o usufructuario resida en la vivienda. Esto brinda más flexibilidad a los propietarios y facilita el alquiler por habitaciones en determinadas situaciones.

Capacidad máxima y requisitos:

El artículo menciona que la capacidad máxima de las viviendas se definirá en el artículo 6 del decreto, el cual establecerá requisitos relacionados con el tamaño y número de baños. Es importante tener en cuenta que en las viviendas por habitaciones, cada habitación solo puede alojar hasta cuatro personas, y al menos dos de ellas deben dormir en camas que no sean literas. Este requisito busca evitar la sobrepoblación y garantizar el confort de los huéspedes.

Uso de salones y sofá cama:

El borrador aclara que en las viviendas completas se permiten dos plazas convertibles en el salón, las cuales contarán para la capacidad máxima de la vivienda. Esto resuelve la ambigüedad que existía anteriormente sobre cómo considerar el salón en la clasificación de habitaciones. Asimismo, se especifica que al menos dos plazas deben ser en camas que no sean literas, con el objetivo de regular el uso de literas y evitar situaciones de hacinamiento.

Consideraciones adicionales y conclusión:

Es importante destacar que estas modificaciones buscan regularizar el sector de las viviendas turísticas y evitar prácticas desleales. Si estás interesado en este tema, te invitamos a suscribirte al canal y compartir tus comentarios y opiniones. Recuerda que los comentarios no son consultas, pero siempre estaremos dispuestos a escuchar tu perspectiva.

En resumen, la modificación del decreto andaluz sobre viviendas turísticas introduce una nueva clasificación y regulaciones específicas para las viviendas por habitaciones y completas. Estas actualizaciones brindan mayor claridad y flexibilidad a propietarios y usuarios, al tiempo que establecen requisitos para garantizar la calidad y comodidad de las viviendas turísticas.

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